Decreto 16/2015, de 25 de marzo, por el que aprueba la primera modificación del Reglamento de Casinos de Juego del Principado de Asturias, aprobado por el Decreto 96/2002, de 18 de julio.

Preámbulo

El Principado de Asturias, de conformidad con el artículo 10.1.26 de su Estatuto de Autonomía, tiene competencia exclusiva en materia de casinos, juegos y apuestas con exclusión de las apuestas mutuas deportivo-benéficas. En el ejercicio de esta competencia se aprobó la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas, que constituye el marco jurídico de ordenación de estas actividades.

Dicha ley contiene en su artículo 17.8 una previsión referida a la posibilidad de autorizar a los casinos de juego la apertura y funcionamiento de una sala, que funcionará como apéndice de los mismos para la práctica de los juegos y apuestas que tenga autorizados, en los términos que reglamentariamente se determine.

El Decreto 96/2002, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de casinos de juego del Principado de Asturias no contiene ninguna previsión relativa a las salas apéndice, por lo que se entiende que resulta más conveniente modificar este reglamento, incorporando un nuevo título que determine las condiciones de apertura y funcionamiento de estas salas, en vez de proceder a aprobar un nuevo reglamento que contendría una regulación parcial, ya que, en definitiva, las salas apéndice no son, sino parte del casino, siéndoles de aplicación las disposiciones de este reglamento.

Con la modificación de dicho reglamento se adaptan las referencias del mismo a la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, y se incorpora un título III, referido a las salas apéndice, dando cumplimiento al mandato legal, determinando los requisitos y trámites exigidos para la apertura de salas apéndice.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, de acuerdo con el Consejo Consultivo del Principado de Asturias y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 25 de marzo de 2015,

DISPONGO

Artículo único.—Modificación del Reglamento de casinos de juego del Principado de Asturias, aprobado por el Decreto 96/2002, de 18 de julio.

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Fuente: Boletín Nº 75 del martes 31 de marzo de 2015