Los negocios del Edificio España deben buscar una nueva ubicación después de que el propietario les anunciase hace ya más de dos meses que debían abandonar los locales y pisos antes del mes de abril debido al proyecto de reforma de la construcción.
El obligado traslado a otros inmuebles de la ciudad será complicado para el bingo y el salón de juegos que se encuentran en la planta baja, ya que la legislación autonómica limita mucho sus opciones para ubicarse en otro local, aunque pueda ser de forma provisional.
La disposición adicional del Decreto 14/2003 por el que se aprobó el Reglamento del Juego del Bingo de la Comunidad de Castilla y León, establece que la administración regional no podrá permitir el traslado ni la instalación de estos negocios «cuando existan otras salas autorizadas dentro de un radio de mil metros». En pleno centro de Salamanca, concretamente en la calle Franciscas, se encuentra actualmente un bingo, por lo que el negocio de la plaza de España deberá buscar un local cuya puerta de acceso esté, al menos, a un kilómetro de distancia de él. De acuerdo con este requisito y si no se quiere incurrir en una ilegalidad, su futuro emplazamiento no podrá estar integrado en el casco histórico, pero tampoco en las calles de Prosperidad, Vidal, Garrido o Carmelitas más próximas a la zona centro. El mismo decreto recoge que «en ningún caso se podrán autorizar nuevas salas ni la ampliación de las ya existentes que superen las seiscientas plazas de aforo», así que la superficie del nuevo local que elija el bingo tampoco podrá ser demasiado grande.
Por otra parte, el Reglamento Regulador de las Apuestas de la Comunidad de Castilla y León, aprobado en octubre de 2014, establece que el Gobierno regional no podrá permitir este tipo de negocios cuando exista otra casa de apuestas ya autorizada a una distancia inferior a 300 metros de la que se pretende instalar. Éste es el requisito que la administración exigirá al salón de juegos que se encuentra aún en el Edificio de España. Además, tampoco podrá estar a menos de cien metros de las entradas o salidas de centros educativos, ya sean de enseñanza preescolar, escolar o universitaria.
Fuente: lagacetadesalamanca.es