Orden del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 1 de agosto de 2016 por la que se modifica la Orden del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 6 de abril de 2016 per la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria, del Servicio de Empleo de las Illes Balears y del Instituto de Estadística de las Illes Balears.
Mediante Orden del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 6 de abril de 2016 se aprobaron les funciones de los puestos de trabajo de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria, del Servicio de Empleo de las Illes Balears y del Instituto de Estadística de las Illes Balears.
Dado que se considera oportuna la atribución de funciones a los puestos de nueva dotación y a otros puestos de trabajo objeto de modificación de la Relación de puestos de Trabajo de la consejería de Trabajo, Comercio y Empresa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de las Illes Balears, dicto la siguiente
ORDEN
Artículo 1
Se modifica el anexo 1 de la Orden del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 6 de abril de 2016 per la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria, del Servicio de Empleo de las Illes Balears y del Instituto de Estadística de las Illes Balears, modificación que implica la asignación de funciones a los puestos de trabajo de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral y la modificación de las funciones de les puestos de trabajo de la Secretaria General y de la Dirección General de Comercio y Empresa que se detallan en el anexo.
Artículo 2
Se modifica el anexo 4 de la Orden del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 6 de abril de 2016 per la que se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria, del Servicio de Empleo de las Illes Balears y del Instituto de Estadística de las Illes Balears, modificación que implica el cambio de la estructura jerárquica para adecuarla a los puestos de trabajo detallados en el anexo.
Disposición final única
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 1 de agosto de 2016
El consejero de Trabajo, Comercio e Industria
Iago Negueruela Vázquez
ANEXO 1
CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO E INDUSTRIA
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Jefe/a del Servicio de Juego (F01140053)
Bajo la dependencia del director o directora general, le corresponde:
- Elaborar la normativa propia en materia de juego.
- Gestionar la tramitación y las propuestas de resolución de los expedientes en materia de promoción del juego.
- Gestionar la tramitación de los expedientes de las diferentes líneas de subvenciones en materia de su competencia y realizar su seguimiento.
- Llevar a cabo los reintegros de subvenciones, objeto de su competencia.
- Coordinar la actividad de inspección en materia de juego, proponer la planificación y realizar su seguimiento.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende el órgano superior jerárquico.
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Fuente: BOIB nº 99, 4 de agosto 2016
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