En el juego online se prevé un aumento de la alícuota, estableciéndose que el impuesto a ingresar surgirá de la aplicación de la alícuota del 5% sobre el valor neto de los depósitos que realice el apostador en su cuenta de juego y la misma se reducirá en un 50% para el caso de apuestas en que intervengan sujetos vinculados a la explotación de juegos de azar y/o apuestas que tengan inversiones genuinas en el país vinculadas a dicho rubro.

Presupuesto 2021: cambios impositivos

Además, para el caso de apuestas en que intervenga, de manera directa o indirecta, un sujeto del exterior, la alícuota se incrementará al 10%, y para el caso de apuestas en que intervenga, de manera directa o indirecta, un sujeto del exterior que se encuentre ubicado, constituido, radicado o domiciliado en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación, la alícuota se incrementará al 15%.

Respecto al Impuesto al valor agregado, se exime del gravamen a la importación para consumo y de otros derechos de importación a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud y/o el Fondo Rotatorio de la Organización Panamericana de la Salud destinados a asegurar las coberturas de vacunas para enfermedades prevenibles. Y además, no quedará sujeto al IVA el servicio de Roaming internacional cuando sea brindado a proveedores de servicios ubicados en la República de Chile.

Por otra parte, se exime del impuesto sobre los combustibles líquidos y del impuesto al dióxido de carbono a las importaciones de gasoil y diésel oil, y a su venta en el mercado interno, realizadas durante el año 2021, para compensar los picos de demanda que no puedan ser satisfechos por la producción local.

En cuanto al Impuesto sobre los débitos y créditos se prevé que la tasa será del 2,5%o (dos con cincuenta centésimos por mil) para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir de la publicación en el boletín oficial, para los créditos y débitos en cuentas bancarias pertenecientes a concesionarios de servicios públicos, en la medida que el capital de la sociedades concesionaria pertenezca en un porcentaje no inferior al 80% a Estado Nacional.

Además, se exime al Fondo y al Fiduciario en las operaciones directamente relacionadas con el PyME-Tech de todos los impuestos, tasas y contribuciones nacionales.

Por último se reestablece desde el 10/01/2021 y por el término de 1 año el Fondo Nacional de Incentivo Docente.