Quedaron obligados por dos resoluciones de Lotería Nacional que regulan las fiestas en esos espacios concesionados. Además, deberán ceder un porcentaje del precio del alquiler. La medida también abarca a salones como el Tattersall de Palermo.
A pocos días de haber prohibido el uso de los cajeros automáticos en el hipódromo de Palermo y en los casinos flotantes, ahora el Gobierno también restringirá el uso de las instalaciones de esos predios para la organización de fiestas y eventos de cuarquier tipo. Lo hará mediante la aplicación de nuevas normas que tendrán que cumplir los concesionarios de ambos establecimientos. Es decir, Hipódromo Argentino de Palermo S.A (Hapsa) y Casinos Buenos Aires S.A., que a partir de ahora deberán enmarcar los eventos y fiestas que organicen en sus predios con dos resoluciones de Lotería Nacional Sociedad del Estado publicadas hoy en el Boletín Oficial.
Si bien las medidas podrían remitir a la necesidad de las autoridades locales de profundizar los controles sobre las fiestas electrónicas, como derivación de la tragedia de Costa Salguero, en el marco de la Time Warp, las medidas tienen más que ver con la presión que la gestión de Horacio Rodriguez Larreta les está poniendo a los concesionarios de salones de juegos en el ámbito porteño.
En el caso de Palermo, la Resolución 69 obliga al grupo concesionario formado los empresarios Federico De Achával con el 70%, y Cristóbal López con el 30% restante, a solicitar autorización a Lotería para organizar eventos. Así se establece en el artículo 2º donde se determina que “previo a la realización de cualquier evento social, cultural y/o deportivo a desarrollarse en las instalaciones del Hipódromo Argentino de Palermo, el concesionario y la totalidad de las empresas y entidades que desarrollan actividades en las áreas no concesionadas, deberán solicitar autorización a Lotería Nacional con una antelación no inferior a 30 días, debiendo acreditar que los mismos resultan compatibles con el objeto de la concesión”.
En este marco, además del predio de Palermo, ingresa a la norma el salón conocido como Tattersall, donde se realizan importantes eventos sociales y empresarios.
Además, Lotería pedirá las constancias de habilitación de los eventos por parte de la Agencia Gubernamental de Control de la Ciudad de Buenos Aires, como condición “inexcusable” para autorizar la reunión.
En este sentido, el ente a cargo del control del negocio del juego en el país fijará una especie de cánon del 30% del valor del alquiler de las instalaciones que deberá pagar Hapsa al gobierno porteño “en el supuesto de que acuerde la percepción de un monto fijo por el uso del predio objeto de la concesión”.
En lo que respecta a los casinos flotantes de Puerto Madero, sociedad controlada en un 50% por el grupo español Cirsa; 25% por Hapsa y otro 25% por Casino Club, de Cristóbal López, deberá también cumplir con las mismas condiciones que el Hipódromo de Palermo. Es decir, los barcos Estrella de la Fortuna y Princess tendrán que “cumplir estrictamente con las normas legales y reglamentarias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en materia de seguridad, higiene, salubridad, habilitación y autorización de actividades; obras civiles, espacio público, medio ambiente y planeamiento urbano”.
Según la Resolución 70, el agente operador de ambos barcos “deberá solicitar autorización a Lotería Nacional con una antelación no inferior a 30 días, debiendo acreditar que los mismos resultan compatibles con el objeto de la explotación”. Además, deberá acompañar “constancia de haber iniciado las actuaciones administrativas pertinentes a los fines de obtener el permiso y/o la habilitación del evento por parte de la Agencia Gubernamental de Control de la Ciudad de Buenos Aires.
Fuente: cronista.com