Con el apoyo de la Policía Nacional y la Gobernación del Valle del Cauca, Coljuegos llevó a cabo un operativo contra la operación ilegal en once (11) establecimientos que operan de manera ilegal en los sectores de Sucre y Dese Paz, en Cali.

Durante este operativo se retiraron 59 elementos de juegos de suerte y azar que operaban sin autorización y que evadían el pago de derechos de explotación, por un valor aproximado de 1.370 millones de pesos que se dejaron de percibir para el fortalecimiento de la salud de esta región.

Producto de las investigaciones administrativas que adelantará Coljuegos contra los implicados en estas operaciones ilegales, se impondrán multas por el orden de los 4.000 millones de pesos a quienes resulten responsables de las operaciones ilícitas detectadas. El compromiso de Coljuegos y de los entes territoriales es contundente, en la medida que garantiza la articulación de acciones concretas de las entidades departamentales. La ilegalidad en los juegos de suerte y azar es un flagelo que afecta directamente a la salud de las regiones colombianas. Hoy en Cali instalamos el Comité Interinstitucional de la Erradicación de la Ilegalidad de los Juegos de Suerte y Azar, un ejercicio que representa el compromiso de la Gobernadora, Clara Luz Roldán, por fortalecer la cultura de la legalidad en esta zona del país, afirmó Carlos Andrés Zárate, Gerente de Control a las Operaciones Ilegales de Coljuegos.

Las sanciones estipuladas por estos actos delictivos señalan que por cada máquina electrónica tragamonedas encontrada en el establecimiento, se impone una multa de 80 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), es decir 72.682.080 de pesos. Así mismo, para los juegos de suerte y azar, distintos a los localizados, cuya operación se haga directamente o por contrato de concesión, la sanción será de trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, por cada establecimiento, punto de venta, expendio o vendedor.

Además de las sanciones económicas referidas, la Ley establece la inhabilidad para operar juegos de suerte y azar durante cinco (5) años, la destrucción de los elementos de juego de suerte y azar sobre los cuales se adoptó la medida cautelar de retiro, y una pena de seis (6) a ocho (8) años de prisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 312 del Código Penal.