La Audiencia de Málaga ha condenado a un camarero por copiar los datos de la tarjeta de crédito de una clienta de la cafetería en la que trabajaba y usarlos después en una página de apuestas de póker online. Así, se le impone una pena de cinco meses de prisión, tras reconocer los hechos.

Según se declara probado en la sentencia, el acusado, aprovechando las relaciones de confianza generadas por su trabajo como camarero en una cafetería de Málaga, copió a diversos clientes el número y demás datos de su tarjeta de crédito cuando hacían los pagos de sus consumiciones.

 «Actuando con ánimo de lucro ilícito», en enero de 2015 se trasladó hasta el domicilio de un amigo para acceder al ordenador del padre de éste y, adoptando la falsa identidad de otro hombre consiguió registrarle como usuario en una página de apuestas de póker para iniciar una partida online ficticia con los datos personales previamente obtenidos en Internet.

De esta forma, logró realizar tres ingresos sucesivos por importe total de 448 euros desde una cuenta bancaria a través de la tarjeta previamente copiada a la perjudicada, «haciendo finalmente suya dicha cantidad tras el ingreso en la cuenta bancaria de su amigo mediante el ardid de hacer perder la partida al mismo, su contrincante aparente», se apunta en la sentencia.

La mujer ha recibido de la empresa de apuestas online la devolución de la cantidad de 448 euros ilícitamente transferida y, según la sentencia, el acusado solamente se hizo pasar por el otro hombre «en una sola ocasión exclusivamente para la comisión de la fechoría que se le atribuye en esta causa sin afectación al resto de la actividad y vida social del mismo».

Asimismo, se declara probado que el procesado es adicto al juego y al consumo de drogas y ha estado en tratamiento de deshabituación con resultado positivo. Además, el acusado ha consignado el importe de la responsabilidad civil que se reclama en la presente causa.

El hombre mostró su conformidad con los hechos, por lo que se le condena por un delito de estafa, concurriendo las circunstancias que atenúan la pena de toxicomanía y reparación del daño, imponiéndole cinco meses de prisión. Además, indemnizará a la empresa de apuestas con 448 euros, cantidad que ya ha sido consignada por el acusado.

Fuente: diariosur.es