Hotel Araguaney en Santiago de Compostela

La firma coruñesa deberá resolver las deficiencias técnicas halladas por Raxoi y efectuar de nuevo la comunicación para poder iniciar los trabajos en los bajos del Hotel Araguaney. La Administración local ya está estudiando la viabilidad del proyecto.

El proyecto del grupo herculino Comar para la puesta en marcha de una sala apéndice del Casino Atlántico de A Coruña en pleno Ensanche compostelano sufrió un importante revés a finales del mes pasado. Tal y como avanzó EL CORREO GALLEGO, el conglomerado que dirige José Collazo había dirigido a Raxoi una comunicación previa de obras en los bajos del hotel Araguaney situado en la calle Montero Ríos, donde otrora se encontraba la discoteca Cásting, para la puesta en marcha del nuevo salón de juegos. Una notificación a la que, tal y como avanzan fuentes del departamento de Urbanismo compostelano, se le incoó un expediente de declaración de ineficacia, dando audiencia a los responsables del proyecto a resolver las deficiencias detectadas por los técnicos municipales para poder iniciar las obras.

Los defectos detectados por los técnicos municipales tienen dos aristas principales. En primer lugar, la comunicación previa, presentada por Comar en Raxoi, faculta a la administración para verificar los datos que se contienen en la misma. El expediente fue presentado por el arquitecto responsable de la reforma el 20 de febrero, concluyendo los especialistas una vez examinada toda la documentación acreditada que la misma se encontraba incompleta. Por otro lado, en dicho informe el grupo herculino manifiesta expresamente que la actividad se desenvolvería en un sótano independiente del uso principal que se lleva a cabo en el bajo de dicho inmueble. Una circunstancia que según apuntan desde Urbanismo es “incompatible con el planeamiento”.

El área de Urbanismo que dirige Mercedes Rosón tras constatar ambas deficiencias echó mano del artículo 6.1 de la Lei 9/2013 do emprendemento e a competitividade económica de Galicia que reza que “la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se aporta o incorpora a la comunicación previa conlleva, previa audiencia de la persona interesada, la declaración de ineficacia de la comunicación efectuada e impide el ejercicio del derecho o de la actividad afectada desde el momento en que se conoce, sin perjuicio de las sanciones que procediera imponer por tales hechos”.

De este modo en este momento la pelota se encuentra de nuevo en el tejado del grupo Comar, que deberá resolver las deficiencias técnicas halladas por la Administración local y efectuar de nuevo la comunicación previa de la reforma para poder iniciar las obras en los bajos del inmueble, que como ya contó este diario cuenta con alrededor de 700 metros cuadrados y cuya altura hace que el local se adapte a la ley de espectáculos. Mientras tanto, los técnicos municipales se encuentran ya estudianto la viabilidad de la actividad realizando cambios en el planteamiento inicial, y teniendo en cuenta la diferencia de cotas existentes entre las calles Montero Ríos y Alfredo Brañas con las que el edificio hace fachada.

Licencia de inicio de actividad.

En caso de que finalmente se complemente toda la documentación requerida por Raxoi, Comar recibirá luz verde para llevar a cabo las obras. Posteriormente, y una vez comprobada la adecuación de las mismas, la empresa deberá efectuar la solicitud de inicio de la actividad, que según en su momento explicaron desde el consistorio, este deberá aprobar independientemente de que su postura política con respecto a la puesta en marcha del casino sea desfavorable, al tratarse de una decisión que el alcalde Xosé Sánchez Bugallo calificó como “meramente administrativa”.

Cabe recordar que desde la Vicepresidencia Segunda de la Xunta, departamento responsable de las cuestiones referentes al juego, habían señalado que el Consistorio sí que tendría capacidad para vetar el inicio de la actividad del casino, en base a lo expuesto en el artículo 7.3 de la Ley 10/2017 de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia que decreta que los ayuntamientos, mediante ordenanzas o reglamentos municipales, podrían decretar prohibiciones, limitaciones o restricciones destinadas a evitar la excesiva concentración de actividades y de esta forma garantizar si coexistencia con otras actividades humanas. Un artículo al que se podría agarrar Raxoi, al coexistir ya en Montero Ríos una sala de apuestas y un bingo, algo a lo que el máximo mandatario local contestó que “chegado o momento mirarémolo”.

Fuente: elcorreogallego.es