El Gobierno incrementó la alícuota del impuesto indirecto sobre apuestas online del 2% vigente hasta ahora hasta un rango que va del 2,5% al 15%, según la condición del sujeto organizador o explotador.

Mediante el Decreto 293/2022 publicado en el Boletín Oficial el 2 de junio de 2022 («Decreto»), se reglamentó el impuesto sobre las apuestas y juegos de azar online («Impuesto») estableciendo las siguientes alícuotas:

  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes de Argentina inscriptos en el «Registro de Control Online del Sistema de Apuestas» («RCOSA»): 5%.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes de Argentina inscriptos en el RCOSA y que cumplan con las inversiones y contratación de empleados previstos en el Decreto: 2,5%.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes de Argentina que, debiendo estar inscriptos en el RCOSA, no hubieran cumplido con dicha inscripción: 7,5%.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes del exterior que (i) cumplan con las normas en materia de registración en el RCOSA; y (ii) no se encuentren en jurisdicciones «no cooperantes» en el intercambio de información tributaria con Argentina o «de baja o nula tributación»: 10%.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes del exterior que (i) no cumplan con las normas en materia de registración en el RCOSA; o (ii) se encuentren en jurisdicciones «no cooperantes» en el intercambio de información tributaria con Argentina o «de baja o nula tributación»: 15%.

El Decreto dispone lo siguiente:

Sujeto pasivo. Es la persona que efectúa la apuesta.

Agente de percepción del Impuesto. El impuesto se ingresa por medio de la percepción que se efectuará por los siguientes responsables según sea el caso:

  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes de Argentina: El agente de percepción es el operador/licenciatario de la actividad de apuestas y/o juegos de azar.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes del exterior: El agente de percepción es el intermediario residente en el país que posibilite el pago de cada apuesta y/o juego de azar.

Alícuotas

  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes de Argentina inscriptos en el RCOSA: 5%.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes de Argentina inscriptos en el RCOSA y que cumplan con (i) inversiones a partir del ejercicio cerrado el 1 de enero de 2021 por un monto superior a $ 200.000.000; y (ii) que hayan contratado como mínimo 20 empleados (30 empleados en el caso de empleadores que se inscriban a partir del 2 de junio de 2022) y se comprometan a incrementar la cantidad de empleados en un 20%: 2,5%.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes de Argentina que, debiendo estar inscriptos en el RCOSA, no hubieran cumplido con dicha inscripción: 7,5%.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes del exterior que (i) cumplan con las normas en materia de registración en el RCOSA; y (ii) no se encuentren en jurisdicciones «no cooperantes» en el intercambio de información tributaria con Argentina o «de baja o nula tributación»: 10%.
  • Apuestas y juegos de azar online organizados/explotados por residentes del exterior que (i) no cumplan con las normas en materia de registración en el RCOSA; o (ii) se encuentren en jurisdicciones «no cooperantes» en el intercambio de información tributaria con Argentina o «de baja o nula tributación»: 15%.

Pago del Impuesto

  • La Administración Federal de Ingresos Públicos («AFIP») dispondrá la forma y plazo para el pago del Impuesto.
  • En el caso de apuestas y juegos online organizados/explotados por residentes del exterior, la AFIP deberá publicar listados incluyendo los nombres de las entidades residentes del exterior que organizan/operan las apuestas y juegos online para que el intermediario residente en el país que posibilite el pago de cada apuesta pueda percibir el Impuesto.

Fuente:  Decreto 293/2022   Boletín Oficial el 2 de junio de 2022