El Gobierno colombiano señaló que en los municipios sin covid o con baja afectación, se permitirán pilotos de reapertura de bares, casinos y billares, con autorización del Ministerio del Interior y con la restricción de no vender alcohol dentro de los establecimientos.

Con la expedición del decreto 1076 de 2020, el Gobierno colombiano abrió la posibilidad de una apertura de la mayoría de sectores económicos en los municipios sin covid-19 o de baja afectación.

Esto significa que al menos el 60% de los municipios del país pueden solicitar al Gobierno levantar la medida de aislamiento preventivo obligatorio que rige en todo el territorio nacional hasta el primero de septiembre de 2020, según este decreto.

Al permitirse esta figura, se reabrirían la mayoría de sectores económicos en estos municipios y se permitiría tener abiertos restaurantes a la mesa, hoteles, gimnasios, cines, entre otros.

También, se autorizaría el transporte terrestre y aéreo, siempre y cuando se tenga la autorización del alcalde de origen y el alcalde de destino y del Ministerio del Interior.

“Se van a permitir pilotos de bares, casinos y billares, con una prohibición general que es la no venta o expendio de bebidas alcohólicas dentro de los establecimientos económicos”, dijo el ministro de Comercio, José Manuel Restrepo.

El funcionario fue enfático en que en ningún escenario se permitirá la actividad de las discotecas en el país.

Las medidas de solicitud de pilotos de restaurantes, bares, casinos y billares, aplica también para municipios con afectación moderada o alta de la pandemia. Sin embargo, allí prevalecerá el mensaje de gradualidad y los procesos tardarán más.

“En esos municipios se van a permitir, con protocolos autorizados, los autocines y las exhibiciones artísticas desde vehículos. También, pilotos de cines, parques temáticos y zoológicos, centros de estética, gimnasios y restaurantes a la mesa”, precisó el jefe de la cartera de comercio.

Sin embargo, este mensaje de reapertura económica para gran parte de los municipios del país entregado este miércoles por el Gobierno en el programa ‘Prevención y Acción’, del presidente Iván Duque, contradice lo expresado en el decreto 1076 de 2020.

En el artículo 4 se contempla que aunque los municipios sin afectación de covid-19 o de baja afectación pueden solicitar el levantamiento del aislamiento, no podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:

  1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
  2. Los establecimientos y locales comerciales, de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento, billares, de juegos de azar y apuestas, tales como casinos, bingos y terminales de juego de video.

Fuente: dinero.com