Aparecen estos días en los medios, en las conversaciones y en diversos foros constantes referencias a la imposición del 20% aplicado sobre los premios de loterías y apuestas desde 2013:. “doble imposición”, “injusticia”, “discriminación”, “tomadura de pelo”…. estos son algunos adjetivos repetidos y utilizados para atacar la medida, al Gobierno, a Montoro, a los impuestos en general, etc. Pero… ¿que hay de realidad económica, técnica y empresarial en todo esto? Analicemos lo que pasa, no nos “liemos”anticipadamente.
El 20% sólo es una modalidad más del IRPF que todos pagamos
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se aplica a toda clase de rentas e incrementos patrimoniales, sean procedentes del trabajo, del capital, de actividades empresariales, etc. Es el mecanismo tributario básico de contribución a la Hacienda Pública en las sociedades modernas, incluso de redistribución de la riqueza, y por tanto sobre el que recaen muchos debates y diferencias de parecer o de matiz político en cada momento. Es lógico que estos temas se aireen en fechas electorales.
Y en este IRPF siempre estuvieron sometidos a tributación como ganancias que son, los premios obtenidos en los juegos operados por otros empresarios privados distintos a los organismos públicos LAE y ONCE. Además, no se permitía restar de estas ganancias el importe de las apuestas realizadas y perdidas. Al contrario, los premios obtenidos en los juegos gestionados por entidades públicas quedaban exentos, sin ninguna razón técnica detectable.
Con la Reforma de 2012, este gravamen del 20 % inserto en el IRPF (aunque también al IS, pero de forma residual) se aplica a los premios ganados en loterías y apuestas operadas por entidades públicas como SELAE y Once, cuando el premio sobrepasa 2.500 euros por persona. Sin posibilidad de restar otras apuestas no premiadas y en consecuencia perdidas.
Es decir, la medida no consistió en imponer un “nuevo» y especifico gravamen, sino de levantar una histórica exención que carecía de fundamento técnico. Y se aprobó en un momento peculiar, en que a las razones de necesidad recaudatoria, se sumó el excepcional consenso de los partidos mayoritarios en llevarlo a cabo, después de varios intentos anteriores sin éxito. Una verdadera “alineación sideral de astros”.
Técnicamente, pocos reproches se pueden hacer a este “gravamen”.
En pura técnica tributaria, estamos ante una modalidad de IRPF con un tipo proporcional único del 20% sobre la ganancia, y por tanto podría reprocharse su no progresividad, da igual quien reciba el premio sea multimillonario o parado. Sin embargo, esto es lo mismo que ocurre también, p. ej., en el IRPF con las rentas del ahorro y del capital.
Otro hipotético reproche: no se pueden deducir las cantidades gastadas distintas a la exención general de los 2.500 euros . Esto es cierto, pero hay evidentes dificultades técnicas para acreditar las apuestas que se realizan en el caso de SELAE y ONCE, dado el anonimato del jugador, pieza básica del sistema. La compensación de las pérdidas podría ser implantada, con el tiempo, cuando exista un absoluto control de quien y cuánto apuesta.
Aún su escasa complejidad, inicialmente hubo ciertas dificultades de interpretación en los casos de boletos premiados compartidos, cómo repartir la retención, cómo hacerla llegar a Hacienda. Poco a poco han sido resueltas y canalizadas sin grandes problemas.
Por el contrario, su impacto en la gestión es mínimo para todos los implicados. Además de la retención de su importe por el operador o su representante y su ingreso en Hacienda, que en su mayor parte es gestionado por SELAE u ONCE, el contribuyente no debe hacer declaración alguna, ni incluirlo en su declaración anual.
Todas sus características actuales podrían modificarse, u optarse por otros modelos. Pero desde esta perspectiva no se puede atacar, sino, alabar, la técnica empleada. La recaudación es eficaz, y las molestias, mínimas para todos los afectados. Se desconocen hasta ahora conflictos o reclamaciones derivadas de su aplicación.
Por último, nadie ha alegado que esta medida sea contraria a la Constitución o al Ordenamiento Europeo, por ejemplo.
El Estado recauda una media de 500 M. Euros anuales por este gravamen.
Las cifras oficiales de las que disponemos, “cantan”. En algunas noticias sí, pero en otras no, se recuerda que la recaudación que se obtiene oscila alrededor de 500 Millones de € anualmente. Esto era difícil de demostrar antes de un año completo de recaudación, pero fácil de preveer dado el esquema económico del reparto de premios en las loterías y apuestas a las que se aplica, que son las de SELAE y de la ONCE. La previsión inicial era de 850 ME, algo exagerada, y ya se advirtió de ello. Y puede oscilar esta recaudación de cerca de 500 Mill € aparentemente de un año a otro, o de un mes a otro, con iguales ventas, por el simple hecho de que los importantes premios de Euromillones a veces recaen en España, pero otras muchas no.
Se opina también en algunos foros que la aplicación del gravamen del 20% ha ocasionado que las ventas, o sea, las apuestas sobre loterías en general y quinielas, en SELAE y ONCE, disminuyan en su conjunto por los efectos psicológicos de su implantación; y que por tanto, en caso de SELAE las remesas a favor del Tesoro son inferiores; y en el de la ONCE, que las pérdidas superiores deben ser asumidas por el Estado que es quien lo tutela y finalmente es su último garante.
Hoy por hoy, y en cómputo global para el Estado, el impacto recaudatorio es, como mínimo, neutro, porque aunque las remesas de SELAE disminuyan y las subvenciones a la ONCE se incrementen, el gravamen del 20% suple estas distorsiones. Lo que por un lado se va, por otro vuelve.
Pero …. ¿por qué las remesas de SELAE disminuyen, y la ONCE incurre en mayores pérdidas? ¿solo porque se ha aplicado el Impuesto que antes no se aplicaba?… o por otras razones?
SELAE y la ONCE venden menos, pero no solo por el Impuesto.
Se alega en algunos sectores que se juega menos a las loterías y apuestas de gestión pública desde y por el levantamiento de la exención, pero un mínimo análisis no confirma esta generalidad. Un dato: esta reducción afecta en caso de SELAE a una parte del negocio con mayor intensidad, los ingresos de las quinielas y otras apuestas mutuas, casi un 30% menos en estos últimos años; por razones claras de nuevo entorno competitivo y petrificación de la oferta.
Desde el punto de vista de los jugadores, sería interesante hacer una encuesta o evaluación que hasta ahora no se ha hecho sobre el impacto real de este concreto hecho del gravamen del 20% (algunas estimaciones coinciden en que efectivamente algunos han dejado de jugar solo por este motivo). A la gran mayoría muy probablemente le importa poco que les retengan si es que ganan, sobre todo en los premios más elevados. Esta es mi opinión personal.
Es muy superior la trascendencia de otros motivos que inciden en las tendencias de los jugadores y en las cantidades que dedican a los juegos de azar y loterías. Uno de ellos ya apuntado, la aparición de nuevos operadores privados y modalidades de apuestas y otros juegos sean online o presenciales. Otro, la crisis económica que nos azota (percepción que se extrae de encuestas sociológicas como las de IPOLGOB Universidad Carlos III, sobre los juegos de azar en general). En menor medida, el lanzamiento de la Grossa en Cataluña, o la pujanza de los sorteos de la OID. O sea, aspectos relacionados con la propia gestión de los productos de SELAE y de la ONCE, o sus competidores más o menos directos, como la EAJA de Cataluña, los operadores de apuestas online o terrestres, o la OID. Nada que ver con el gravamen del 20% de los premios. O poco.
Los contribuyentes de a pie ante el 20% de los premios
Aunque no lo queramos, todos somos contribuyentes de IRPF, en mayor o menor medida, y nos quejamos muchas veces de las desigualdades o imperfecciones técnicas que ya han hecho modificar antes en muchos aspectos el Impuesto. La tributación mayor o menor de las ganancias de capital, de las rentas de las viviendas habituales, las deducciones por alquiler, etc. .Sobre todo cuando el tema nos afecta directamente.
Estas fechas de presentación de las declaraciones de IRPF, sería el momento idóneo para realizar alguna encuesta a la generalidad de ciudadanos y preguntar e indagar sobre la opinión que nos merece el gravamen de este 20%, introduciendo alguna previa similar a esta:
“¿quiere Vd que un 2% de la población quede exento de tributar por IRPF siempre, si Vd estuviera incluido en ese porcentaje privilegiado? …….Seguro contestaría que sí.
“¿y lo quiere Vd si no lo estuviera?”. …….Seguro diría que no.
Para despejar el dilema, a continuación recordaríamos al preguntado que ese 2% se refiere a los premiados con las quinielas o la loterías, y enseguida deduciría que todos tenemos esperanzas de estar siempre dentro del 2%…….y quizás nos beneficiaría ¡sí, quiero estar exento!………. Pero como contribuyentes generales. Vd o , yo mismo, olvidamos que a la mayoría de las personas que conocen, nunca les tocó el premio de lotería o quinielas. Quizá un año concreto sí, o una cantidad pequeña. Anualmente la mayoría amplia de los jugadores de SELAE y ONCE apuestan y pierden, miles de millones de € en cómputo global. Muy pocos ganan alguna cantidad relevante. Algunas veces, algunos años.
Más allá de realizar cada cual, de nuevo, una apuesta sobre su propio destino, una reflexión racional sobre la tributación de los premios de lotería llevaría a desear que los premiados fueran gravados y no quedaran exentos….. porque lo más probable por desgracia es que los premiados ….. sean otros.
En fin, estamos ante una reforma que suprimió una excepción histórica; un 20% que es constitucional, racional, sin reproches técnicos de importancia, y con capacidad recaudatoria….. ¿Qué “lío” nos estamos haciendo?.

Socio de Loyra Abogados