Salon de juego en la Comunidad Valenciana

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado el decreto 204/2018 de 16 de noviembre del Consell, que modificaba la norma de 2015 por la que se aprobaba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego, y que establecía una distancia mínima de 700 metros entre los establecimientos.

Según ha informado la Unión de Trabajadores de Salones de Juego (UTSAJU) en un comunicado, el tribunal advierte al Consell «que no puede legislar en materia de juego al margen de la normativa estatal y europea que protege la unidad de mercado«.

La sentencia del TSJCV declara contrario a derecho y anula esa norma de 2018 del Consell del Botànic, que modificaba varios artículos del Reglamento de salones recreativos y salones de juego de 2015 para establecer la prohibición de «la instalación de nuevos salones de juego, así como el cambio de clasificación de salón recreativo a salón de juego, cuando exista otro u otros salones de juego autorizados dentro de un radio de 700 metros, medidos desde cada una de las puertas de acceso del que se pretende instalar o cambiar la clasificación«.

Para UTSAJU, esta sentencia, «a pesar de llegar tarde, supone un éxito jurídico y moral para el sector del juego privado en la Comunitat Valenciana». A su juicio, la resolución «le deja claro a la administración que, en cuanto a la regulación del juego privado, no vale todo» y la regulación normativa de este sector «debe de adecuarse a nuestro ordenamiento jurídico con todo lo que ello conlleva«.

UTSAJU considera que «los trabajadores de los salones, a los que el Botànic condena al paro, son las víctimas de una regulación injusta y arbitraria que se ha desarrollado sin diálogo ni escuchar» a los empleados.

Por su parte, el abogado Santiago Moreno, abogado encargado del recurso al TSJCV, considera que la sentencia del alto tribunal «supone un éxito muy importante del Estado de Derecho frente a regulaciones normativas que se hacen más desde criterios ideológicos carentes de justificación que desde criterios de necesidad y proporcionalidad y en consonancia con nuestro ordenamiento jurídico«.

Para Moreno, este es «un triunfo claro en cuanto a la defensa de los legítimos intereses de un sector empresarial, el juego privado, que los últimos tiempos viene sufriendo todo tipo de ataques injustificados por parte de algunos sectores políticos y de algunas administraciones públicas, lo cual resulta más grave«.

«Contra este tipo de atropellos jurídicos, debemos seguir recurriendo a la tutela judicial efectiva de jueces y tribunales, tal como consagra el artículo 24 de nuestra Constitución y tal como se ha hecho en caso que nos ocupa, con la obtención de la sentencia de referencia«, señala.

Desde UTSAJU se valora que el TSJCV advierta al Consell que «una cosa es que la Generalitat Valenciana ostente competencia exclusiva en materia de casinos, juego y apuestas, y otra muy distinta es que lo pueda hacer al margen del derecho de la Unión Europea y de las normas estatales de rigor, señaladamente de los principios y garantías que se establecen en los artículos 3 a 9 y 16 a 18 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado«.

Nueva ley del juego

En este intervalo de tiempo, el pleno de Les Corts aprobó en mayo de 2020 con los votos del Botànic la Ley de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana, pendiente desde la pasada legislatura, y que como novedades introduce que las máquinas tragaperras que están dentro de locales de hostelería contarán con un mecanismo de activación y desactivación y no podrán emitir luz y sonido mientras no estén siendo usadas.

Asimismo, plantea la eliminación progresiva de las máquinas auxiliares de apuestas conforme vayan acabando las licencias y establece una distancia mínima para salones de juego y casas de apuestas de 850 metros respecto a centros escolares.

La norma restringe la publicidad de las casas de apuestas y se incentivará con beneficios fiscales y ayudas a medios de comunicación, clubes deportivos y asociaciones que hagan campañas contra la ludopatía.

Con posterioridad, el pleno del Consell aprobó en julio de 2021 un decreto de medidas urgentes para facilitar la aplicación de la Ley, mediante el que se concretan aspectos técnicos necesarios para la puesta en marcha de la norma y que regula, tal y como se establece en la disposición transitoria décima de la ley, las condiciones y procedimiento por el que se autorizarán de forma excepcional nuevas licencias.

Fuente: valenciaplaza.com