Los magistrados entienden que las medidas fueron ya derogadas tácitamente una semana después, por lo que sería «un absurdo jurídico» dejar en suspenso una norma que ya no está en vigor.

La Sala de Vacaciones del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha denegado la medida cautelarísima solicitada por la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de A Coruña, que proponía la impugnación de todo lo relativo a las limitaciones de horario y aforo a causa del Covid-19 recogidas en la orden de 13 de agosto.

El tribunal deniega la solicitud al entender que existe una «pérdida sobrevenida de objeto». «La orden de 13 de agosto del 2021 -explican los magistrados- de la Consellería de Sanidade ha venido a ser derogada tácitamente por la orden de 19 de agosto del 2021 de la misma Consellería, por lo que aquella ha perdido vigencia produciéndose la pérdida sobrevenida del objeto, pues resultaría un absurdo jurídico el que, en el hipotético caso de que esta Sala estimase la medida cautelarísima impetrada, se dejara en suspenso una norma jurídica que ya no está en vigor».

Fuente: lavozdegalicia.es