Entra en vigor la ley que prohíbe locales de juego a menos de 300 metros de centros escolares en Castilla-La Mancha

La nueva norma autonómica sobre el juego autoriza a los ayuntamientos a declarar “zonas saturadas de juego” y establece multas de hasta 600.000 euros en infracciones muy graves

Seis meses después de su aprobación, hoy ha entrado en vigor prácticamente en su totalidad la nueva Ley del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha, que recibió luz verde en las Cortes regionales el pasado 23 de julio. Tan solo el régimen fiscal y tributario de la normativa se retrasará en su ejecución hasta el próximo 1 de julio. La nueva ley regional incorpora numerosas novedades que desde hoy ya tienen validez, como la prohibición de locales de juego y apuestas a menos de 300 metros de institutos y colegios, o la autorización a los ayuntamientos para declarar “zonas saturadas de juego”.

La normativa no afecta a la decena de bingos y casinos que hay en la región puesto que son establecimientos que ya disponen de sistemas de acceso “más rigurosos”. En total, más de 3.300 personas pidieron en 2021 que se les prohíba jugar ‘online‘ en esta comunidad autónoma, lo que supone casi un 20% que al año anterior, según los datos de la Dirección General de Ordenación del Juego.

Se trata de la tercera ley que regula el juego privado en Castilla-La Mancha. Hasta hoy ha estado vigente la de 2013, aprobada durante el Gobierno de María Dolores de Cospedal, y que según el Gobierno actual, ha favorecido la proliferación de locales de juego y apuestas: había 51 hace ocho años y actualmente hay 221. De hecho, esta comunidad autónoma es una de las que más densidad de establecimientos de este tipo mantiene: 9 por cada 100.000 habitantes. Castilla-La Mancha ya intentó en 2016 establecer una serie de criterios de planificación para reducir las nuevas autorizaciones, pero finalmente decidió abordar la situación con una nueva ley y suspender las nuevas peticiones de licencia, para buscar “mayores restricciones” con rango legislativo.

Medidas de prevención y juego responsable

Así, una de sus novedades son los principios rectores para políticas públicas relacionados tanto con la ciudadanía como con los propios locales. Se regulan así medidas de prevención para colectivos con mayor vulnerabilidad (personas con adicción, personas incapacitadas legal o judicialmente, y menores de edad) pero también acciones para favorecer la transparencia y la seguridad jurídica frente a los fraudes.

De igual forma, se potencian las políticas de juego responsable, lo que supone encomendar a la Administración la sensibilización y concienciación sobre las consecuencias del juego y las apuestas si se realiza una “práctica inadecuada”. Incorpora, por ejemplo, la creación de un futuro Observatorio del Juego Responsable, con representación de todos los sectores para apoyar actitudes de juego “moderadas”.

Una de las principales novedades es la prohibición de la publicidad del juego tanto en los medios de comunicación como en los propios establecimientos, pero, tal y como adelantó elDiarioclm.es, hay algunas excepciones: se permite, con restricciones, en el interior de los locales y en las revistas especializadas.

Es en la ubicación de los establecimientos donde reside la principal innovación del anteproyecto de Ley. Habrá un doble requisito: no podrá haber una distancia inferior a 150 metros entre unos locales de juego y otros, para evitar la proliferación, y debe haber una distancia mínima de 300 metros respecto a los colegios, evitando que la cercanía sea un “reclamo para los estudiantes”. A todo ello se une que los municipios podrán declarar parte de su término municipal como “zona saturada de locales de juego” cuando consideren que, aun respetándose estos criterios, hay un exceso de establecimientos. El texto no detalla esta última cuestión. El consejero ha avanzado que será un reglamento posterior el que establezca los criterios que los técnicos tendrán en cuenta para considerar saturada una zona concreta.

Un periodo transitorio de cuatro años

Respecto a las medidas de ubicación física, la ley permite un periodo transitorio de adaptación de hasta cuatro años, por si tuvieran que cambiar de local. Es un periodo que se ha establecido tras hablar con el sector. La Junta recnoce que, puesto que las licencias se otorgan por un periodo de diez años y las primeras decaerán en 2024, hasta 2028 no habrá un desarrollo pleno de la ley en cuanto a las distancias.

Otras medidas tienen que ver con el control de acceso, de forma que se exigirá su automatización para garantizar que no puedan entrar aquellas personas que lo tienen prohibido, los menores y también aquellas así lo han solicitado a la Administración (“auto-prohibidos”). De hecho, la ley hace una regulación más detallada del registro de estos últimos.

También se realiza una revisión de todo el régimen sancionador, incluyendo como infracciones muy graves permitir la entrada de estos tres grupos de personas. “No puede ser que a algunos locales les resulte más beneficioso pagar la sanción y continuar con su actividad ilícita”, remarcó en su momento el consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina. Las infracciones calificadas como muy graves serán sancionadas con multas de de 60.000 a 600.000 euros. Este límite máximo podrá extenderse hasta el triple del beneficio económico obtenido con la infracción y también puede suponer la suspensión definitiva de la licencia.

Finalmente, hay cambios parciales en el régimen tributario, adecuado a los tipos impositivos del resto de comunidades autónomas mediante un método “más equitativo” entre diferentes tipos de juego, y reservando parte de la recaudación al futuro Observatorio del Juego Responsable.

Fuente: eldiario.es