Francisco Leiva afirma que Enjoy tuvo un aumento excepcional en sus acciones y que se debe investigar si los compradores “tienen algún vínculo o relación, ya sea, con Enjoy, con otro operador de casinos, o con la propia Superintendencia”

Francisco Leiva, fue el primer Superintendente de Casinos -2005 y 2012- y, por estos días, reconoce que le llama particularmente la atención, que Daniel García, ex Superintendente Transitorio y Provisional de la misma entidad –designado por el Subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco (DC)-, justo el mismo día en que abandonaba el cargo (15 de febrero de 2017), emitiera una circular que permite a los actuales operadores seguir con sus concesiones de casinos municipales en forma indefinida, hasta que ingresen nuevas empresas a la licitación. No hay que olvidar que el plazo para mantener a los actuales operadores del sistema de casinos municipales era, originalmente, hasta el 31 de diciembre de 2017, o sea, había un tope de fecha.

La decisión del ex superintendente, Daniel García, no fue menor, considerando que, en algunos casos, más del 40% del presupuesto de los municipios, proviene de los dineros acumulados por las salas de juegos de los casinos municipales. Por lo tanto, la medida puesta en marcha no sólo beneficia a las empresas operadoras, sino también a las municipalidades.

En entrevista con EL MURO, Francisco Leiva, consultado sobre cómo se explica que, el entonces Superintendente de Casinos (Daniel García), el mismo día que dejaba el cargo emitiera la Circular Nº 84, responde: “La Circular Nº 84 es ilegal, va en contra de la norma expresa de la ley, la que es categórica en afirmar que los siete casinos municipales deben cerrar sus puertas el 31 de diciembre de 2017. Por lo tanto, lo que hace la circular, interpretando mañosamente el artículo segundo transitorio, es que los siete casinos municipales se mantengan en el tiempo”. Agrega que “el contenido de la circular es, manifiestamente, ilegal”.

Ante la pregunta de si correspondía o no extender el plazo a los actuales operadores, plantea que hay una excepción. “Salvo que el Ejecutivo y el legislador decidan tramitar una ley para modificar esa norma, pero la norma vigente de la Ley de Casinos es clara y no permite hacer la interpretación errónea y, completamente, equivocada que hizo (Daniel) García en la Circular Nº 84.»

-¿Qué opinión le merece, desde el punto de vista técnico, que la firma Enjoy –uno de los operadores más antiguos de la industria de casinos municipales- el mismo día de la emisión de la Circular N° 84 aumentara en forma excepcional el precio de sus acciones y mucho más en los días posteriores?

Llama la atención, porque es una información objetiva, el aumento que tuvieron las acciones de Enjoy, el mismo día de la emisión de la circular y en los días posteriores. La autoridad competente para investigar si hay o no el delito de uso de información privilegiada es la Superintendencia de Valores y Seguros. Entiendo que ellos tienen como política, cuando ocurren estos crecimientos sorprendentes de valores y acciones vinculadas a informaciones que, pueden ser privilegiadas, hacer una investigación. Insisto, lo que se debe analizar es verificar quiénes realizaron la adquisición de las acciones ese día, ver si las personas o las sociedades vinculadas a ciertas personas tienen algún vínculo o relación, ya sea, con Enjoy, con otro operador de casinos, o con la propia Superintendencia, para ver si, efectivamente, esos compradores tuvieron información previa a que el mercado conociera esta circular que emitió (Daniel) García en su último día de mandato.

-¿Qué debiera hacer, entonces, la Superintendencia de Valores y Seguros?

Lo que debiera hacer la Superintendencia de Valores y Seguros es investigar, porque tiene la potestad legal de investigar quiénes fueron las empresas o personas naturales que adquirieron acciones, ese día, y ver si esas personas tienen algún vínculo con la operadora de casinos, con la Superintendencia (de Casinos) o con alguna entidad de gobierno, de manera que se pueda explorar si existe o no el delito de uso de información privilegiada. Es lo mínimo para despejar cualquier rumor o fantasma en el mercado, es que se haga la investigación.

-¿Tiene que haber, a su juicio, una denuncia concreta de por medio para investigar si es que hay un cruce de traspaso de información privilegiada entre distintas entidades?

Entiendo que la Superintendencia de Valores y Seguros tiene mecanismos de alerta cuando hay movimientos altos o variaciones significativas de precio de acciones, como ha ocurrido en otros casos en los que ha realizado investigaciones de oficio cuando, por ejemplo, se anuncia al mercado la venta de una empresa por otra y, misteriosamente, se anuncia al mercado y, ese mismo día, aumenta el número de cantidades transadas en acciones y precios, la SVS investiga. Creo que, por la naturaleza que realiza la Superintendencia de Valores y Seguros, sin que haya petición de ningún actor, debería investigar y entiendo que lo está haciendo.

-Usted fue el primer Superintendente de Casinos, ¿hay alguna explicación lógica y de mercado que permita entender cómo, en este caso, Enjoy, el mismo día en que aparece la polémica circular aumentan sus acciones de manera bastante excepcional?

Es el mismo día en que se emite la circular, los aumentos de los días siguientes tienen lógica económica, porque, evidentemente, cuando la información fue de conocimiento público, el valor de Enjoy creció, porque se prorrogaría su concesión municipal, por lo tanto, alguien que haya comprado acciones los días siguientes a la emisión de la circular, tiene lógica económica. Lo que llama la atención y debe investigar la Superintendencia de Valores y Seguros es quiénes compraron acciones el mismo día en que fue emitida la circular y ver si compraron antes de que fuera de conocimiento público esta circular. Ese es el punto que debe investigar la Superintendencia de Valores y Seguros.

Ver también quiénes hicieron estas compras, si tienen algún vínculo con algún actor de Enjoy o con otro actor de la industria de casinos de juegos o vínculos directos o indirectos con la propia Superintendencia de Casinos de Juegos, porque si eso es así, evidentemente, uno puede asumir que hubo uso de información privilegiada, pero es una materia que debe investigar la Superintendencia de Valores y Seguros.

El largo silencio del Subsecretario de Hacienda

Frente a lo que está sucediendo en la Superintendencia de Casinos, surge otra interrogante: ¿qué pensará el Subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco (DC) sobre un eventual uso de información privilegiada en el sistema de licitaciones de casinos de juego y la operación que permitió extender el plazo del funcionamiento de las actuales empresas a cargo, al margen de lo que establece la legislación vigente?

La voz del Subsecretario de Hacienda es clave, considerando que, por su cargo, preside el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos, instancia que se encarga de aprobar o rechazar las licencias de los casinos y, asimismo, aprobar las condiciones especiales para la licitación de los casinos municipales.

Sobre la responsabilidad que le cabe al actual Subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco sobre este conflicto al interior de la Superintendencia de Casinos y los operadores de la industria, Francisco Leiva es enfático al afirmar que “indirectamente, tiene responsabilidad, porque no hay que olvidar que el Subsecretario de Hacienda con independencia de quién sea la persona que ejerce el cargo, por ley preside el Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos de Juego, por lo tanto, tiene injerencia en la definición de materias de otorgamiento y permisos de operación”. Añade que “la última modificación legal que hubo en la Ley de Casinos le otorgó atribuciones al Consejo Resolutivo de la Superintendencia de Casinos para definir las condiciones especiales de las bases de licitación de los casinos municipales y, eso, es lo que está, hoy, en medio de un juicio legal, porque hubo definiciones tomadas por este Consejo Resolutivo, presidido por el Subsecretario, Alejandro Micco, que son ilegales, así fue declarado en un fallo de la Corte de Apelaciones y que está pendiente el fallo definitivo de la Corte Suprema”.

-Si aún falta el pronunciamiento de la Corte Suprema sobre el proceso de licitación de empresas que se hagan cargo de los casinos municipales, ¿cómo se entiende que se aprobara la prórroga de la concesión más allá del 31 de diciembre de 2017?

Evidentemente, llama la atención la oportunidad, el contenido, porque cualquier persona que sepa leer, lee la ley, ve el artículo segundo transitorio que es, clarísimo, en decir que la concesión de los siete casinos municipales se extingue el 31 de diciembre de 2017. No es posible re-interpretar ese texto, diciendo que siguen funcionando hasta que entren en operación los que ganen la licitación. Claramente, la Circular Nº 84, a mi juicio, es ilegal y para que sea resuelto se requiere del fallo de un tribunal y ahí se tendrán que ver las responsabilidades administrativas y personales que tengan las personas que participaron en la emisión de la circular, uno es Daniel García, como Superintendente, en ese momento, y no se puede obviar al Jefe de la División Jurídica de la Superintendencia (Joaquín Morales) que visa esa resolución.

-¿No hay, entonces, una sola persona involucrada en este tema, sino que son varias?

Es más de uno, claramente. Si uno revisa la circular –en poder de este diario electrónico- está firmada por Daniel García y visada por Joaquín Morales, Jefe de la División Jurídica, pero están sólo las iniciales del Jefe de Autorizaciones de la Superintendencia de Casinos (José Silva), no está su mosca, ni su timbre. Uno no sabe si no la visó, porque ese día no estuvo en la Superintendencia, como si, en cambio, está el nombre del jefe jurídico de la Superintendencia y de Daniel García.