La ley que regula el juego en Extremadura prohíbe autorizar la apertura de un local de apuestas a menos de 300 metros de cualquier centro educativo. En Madrid son 100 metros.

Las comunidades autónomas aceleran ante el incremento de las casas de apuestas en las ciudades. Ejemplo de ello son Extremadura y Madrid. Aunque con matices. Así sucede a la hora de ver la distancia mínima que establecen ambas regiones entre un local de juego y un centro educativo.

Mientras la Comunidad de Madrid, en su reciente actualización, ha marcado la distancia entre una casa de apuestas y un centro educativo de enseñanza no universitaria en 100 metros, la ley extremeña aleja estos locales a 300 metros y en todo tipo de centros ya sean universitarios o no.

“En ningún caso se podrán otorgar autorizaciones para instalar establecimientos específicos de juego a menor distancia de 300 metros de los accesos normales de entrada o salida a centros públicos o privados de educación preescolar y centros públicos o privados que impartan enseñanzas oficiales, tanto universitarias como no universitarias”, se puede leer en la norma de Extremadura publicada hoy en el BOE.

Al mismo tiempo, la ley -presentada por Podemos y aprobada por unanimidad en la Asamblea de Extremadura- tampoco autorizará otro establecimiento a una distancia inferior a 250metros del que se pretenda instalar. Por el contrario, la norma de la Comunidad de Madrid permite una excepción con los centros educativos: no es obligatorio si se habla de “centros de educación de personas adultas”.

A pesar de esta distancia de 300 metros, Extremadura no podrá obligar a las empresas a mover sus locales actuales para cumplir con esta norma. Según aparece en el decreto, los establecimientos de juego ya autorizados están exentos aunque tendrán un plazo de tres meses para que “realicen las obras de adaptación necesarias con el objetivo de cumplir el control de admisión en locales de juego”. En Madrid, este punto, es de seis meses.

En Madrid, según recogió eldiario.es, la Comunidad de Madrid ha marcado un plazo de diez años para que los propietarios de los locales se alejan de los colegios en 100 metros. Un tiempo que, tal y como marcó la información, se debe al plazo de “la vigencia de las licencias”. Es decir, a la hora de renovar la autorización, las empresas tendrán que cumplir.

Fuente: elboletin.com