La Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado en contra del dictamen de la Contraloría General de la República que modificó los requisitos para solicitar patentes municipales para establecimientos con máquinas electrónicas de juegos de habilidad y destreza.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal del país descartó infracción de ley en el dictamen que estableció la exigencia de informe previo de la Superintendencia de Casinos al otorgamiento de patentes comerciales para este tipo de establecimientos.

La sentencia revocó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago y es un espaldarazo al Contralor General de la República, Jorge Bermúdez.

«Que, en ese orden de ideas, primeramente no es posible sostener que el dictamen en controversia resulte arbitrario por carecer de fundamento suficiente para modificar los criterios anteriormente asentados sobre la materia, pues de su lectura aparece de manifiesto que tal decisión del órgano de control responde al pronunciamiento que le fuere solicitado por la Superintendencia de Casinos de Juego ‘sobre las acciones que deben desarrollar las municipalidades en los procedimientos para el otorgamiento de patentes comerciales vinculadas con la explotación de máquinas electrónicas de juego, a fin de determinar si estas últimas son o no de azar’ asunto que, como lo reconocen los propios recurrentes y es de conocimiento de esta Corte, ha sido objeto de múltiples contiendas ventiladas tanto en sede administrativa como judicial, sin que pueda afirmarse, a la fecha, que la forma de determinación de la real naturaleza de las máquinas de juegos electrónicos sea un asunto pacífico y de uniforme aplicación en el territorio nacional, quedando en evidencia, entonces, que el ejercicio realizado por el recurrido responde a la satisfacción de una necesidad pública actual y manifiesta, lo que resulta suficiente para justificar la modificación de criterios pretéritos que han demostrado ser ineficaces», sostiene el fallo.