En el auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN sostiene que, a la vista de los informes aportados por el Ejecutivo navarro, las medidas acordadas son necesarias y proporcionadas para intentar atajar los contagios.
La orden foral, autorizada por los magistrados, establece además la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de 10 personas y la regulación de eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo, así como actividades navideñas.
También se incluye la ampliación del pasaporte COVID para acceder a las residencias y centros sociosanitarios, medida ya contenida en la orden foral aprobada la semana pasada por la consejera de Derechos Sociales y que el TSJN no avaló por falta de competencia, ya que la solicitud debió ser dictada por la consejera de Salud.
Este certificado se va a requerir para el acceso de las personas de más de 12 años a los locales y establecimientos con licencia de discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, eventos multitudinarios en el interior (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del ministerio de sanidad), bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, restaurantes (excluidos comedores de universidades y comedores de empresa), alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares, gimnasios, instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas.
Fuente: eldiario.es