Los recientes sentencias, ganadas por Legálitas, ordenan a dos casas de apuestas a no limitar el derecho del usuario para seguir apostando cuando está en racha. Hasta ahora, en esos casos, limitaban el importe a apostar, llegando incluso a bloquear la cuenta del usuario para impedirle seguir jugando.
Los juzgados de Primera Instancia número 4 y 11 de Oviedo dan la razón así a dos usuarios de las casas de apuestas Betfair y Bet365, respectivamente, y declaran abusivas las cláusulas de estas empresas por las que se reservaban el derecho a limitar la cuenta de los usuarios, aplicar restricciones e incluso llegar a cerrarla.
Se trata de las primeras resoluciones en España en este sentido, así como la primera en esa comunidad autónoma, y podrían sentar jurisprudencia para otros casos similares.
Ambos procedimientos los ha llevado el abogado de Legálitas Nicolás Simó Álvarez, socio de Egolegal Abogados, quien manifiesta que “las casas de apuestas convierten lo que son juegos de azar en un negocio redondo para ellas, en el que o la casa siempre gana o, las pocas veces que pierde, echan al cliente y todo solucionado”.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Oviedo es la número 149/2021, de 28 de junio. La firma el juez de refuerzo Marcos Carrero Morera.
La del Juzgado de Primera Instancia número 11 es la número 108/2021, de 6 de julio, y la ha dictado la magistrada titular, Susana Fernández de la Parra.
Ambas resoluciones no son firmes. Cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias.
El letrado Nicolás Simó señala que hay muchas casas de apuestas ‘online’ que incluyen cláusulas en sus formularios de contratación que les permiten cortar el contrato o limitarlo cuando ellas quieren. Afirma que «si bien, en teoría, esas cláusulas se incluyen para evitar situaciones de fraude, en la práctica se usan para evitar que los usuarios que ganan algo de dinero con las apuestas, vuelvan a jugar».
«Es decir: O no los dejan participar o les restringen las cantidades de dinero que pueden jugarse», precisa.
El usuario al que afecta la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4, tras más de un año registrado en la casa de apuestas Betfair y habiendo marcado obligatoriamente la casilla por la que aceptaba las condiciones generales, recibió un correo electrónico notificándosele que se le aplicarían ciertas restricciones.
A continuación, comenzaron a limitarle aquellas apuestas en los mercados en los que conseguía beneficios.
La juez decreta que dichas cláusulas son abusivas y, por ello, las anula y permite al cliente apostar en condiciones normales, sin restricciones, destacando que, al ser un consumidor, se encuentra en una posición de debilidad, en virtud de la Ley General de Consumidores y Usuarios.
Además de imponer las costas del procedimiento a la casa de apuestas, declara la nulidad de la cláusula de “condiciones generales” de su página web, por la que “se reserva el derecho de denegar, total o parcialmente, cualquier apuesta realizada a su entera discreción”, indicando que “todas las apuestas son realizadas a entera discreción y riesgo del cliente”.
Asimismo, el juez declaró nula la cláusula de las condiciones generales de la página, por la que la empresa “se reserva el derecho de cerrar o suspender el registro de usuario de un cliente en cualquier momento y por cualquier motivo”, de igual modo que quedan anuladas las restricciones realizadas en la cuenta de apuestas del usuario, reconociendo su derecho a participar como apostante sin límite, tal como exigía el letrado en la demanda.
La otra sentencia, del Juzgado de Primera Instancia número 11, también declara nulas ambas cláusulas de limitación y cierre de la cuenta por parte de Bet365.
«Es una pena que las casas de apuestas utilicen varios artículos de la Ley General de Consumidores y Usuarios en contra del consumidor», denuncia en Confilegal el abogado Nicolás Simó.
Destaca que dicha ley «está para proteger al consumidor, no para usuarla en su contra».
Fuente: confilegal.com