La entrada en vigor del nuevo texto legal el pasado viernes limita los premios a 300 por sesión que los organizadores consideran insuficientes para su viabilidad
Era este pasado viernes cuando entró en vigor la Ley 3/2023 publicada el 4 de julio que regula el juego en Galicia y que supone un cambio importante con respecto al anterior texto modificación en 2013, no sólo para los establecimientos como casinos, salones de juego o casas de apuestas, sino también para los que se conocen como «bingos sociales» que habitualmente suelen celebrar asociaciones vecinales, parroquiales o clubes deportivos con el objetivo de recaudar fondos para desarrollar sus actividades.
Y que con la nueva ley tendrán mucho más difícil poder hacerlo, ya que si bien antes se limitaba a 300 euros la recaudación que se podía realizar en este tipo de convocatorias, ahora esa limitación se traslada también al máximo que se puede otorgar en premios en cada sesión, que pasa a ser también de 300 euros.
EXCEPCIONES A LOS BINGOS FUERA DE LOS ESTABLECIMIENTOS AUTORIZADOS
La ley autonómica gallega establece con claridad en su artículo 22 que «El juego del bingo únicamente podrá practicarse en los establecimientos autorizados como salas de bingo» que deberán realizar, como el resto de establecimientos autorizados, un control del acceso para evitar la entrada de menores de 18 años o de aquellas personas registradas como de riesgo por sus antecedentes de ludopatía, garantizando además la seguridad para las personas asistentes al mismo.
Aunque recoge también excepciones, que abren la puerta a la celebración de las sesiones de los «bingos sociales», en el caso de «las competiciones de puro pasatiempo o recreo constitutivas de los usos sociales de carácter tradicional, familiar o amistoso, siempre que no sean objeto de explotación lucrativa por las personas participantes o por terceras personas y sin que en ningún caso intervenga dinero o premios susceptibles de valoración económica».
Como también «en el juego del bingo organizado por las residencias de la tercera edad y centros de día o por las asociaciones culturales o deportivas legalmente inscritas» y siempre que se limiten a cuatro sesiones al mes, que las cantidades jugadas y los premios otorgados no sobrepasen los 300 euros por sesión que se deberá desarrollar por medios manuales y mecánicos y no con aplicaciones informáticas, además de que durante el desarrollo de la sesión, en ningún caso se encuentren presentes en la sala menores de edad y por último, que tengan lugar en la propia residencia de la tercera edad o centro de día o en el local que figure como domicilio de la correspondiente asociación.
El incumplimiento de esta norma podría acarrear sanciones que van de los 3.000 a los 18.000 euros.
FIN DE UNA FORMA DE FINANCIACIÓN DE FIESTAS Y CLUBES DEPORTIVOS
Unas condiciones que según algunos organizadores hacen inviables y poco atractivas las celebraciones de estos bingos por una ley que está redactada «para los bingos que se celebran en residencias de mayores con apenas unos 20 o 30 asistentes», por lo que consideran que «se debería seguir como antes para poder ayudar a las comisiones de fiestas ya que el 80 % de estas comisiones van a tener que recortar el presupuesto en un 30 0 35 %» que es lo que se calcula procede de la celebración de los bingos sociales.
Lo cuenta el tesorero de la asociación «E agora onde imos?«, Jose Luis Otero, que agrupa a más de 60 colectivos, asociaciones y clubes deportivos del sur de la provincia de Pontevedra y que se acaban de constituir como asociación para reclamar, como dice su presidente Juan José Castro «que se manteña o bingo para que os maiores e os veciños dun pobo se podan reunir dunrante unhas horas ás fins de semana e podan falar e atoparse uns con outros».
Un derecho a la reunión vecinal que en ningún caso prohíbe la Ley del Juego «si se hacen con el fin de entretener» pero nunca «como una actividad lucrativa y con la finalidad de buscar la expectativa del premio», como aclara el Director Xeral de Interior de la Xunta, Santiago Villanueva que en el Mediodía COPE Galicia asegura que «el único cambio de la nueva ley es la limitación de los premios que no pueden ser superiores a los 300 euros por sesión».
Lo que no evita que se puedan organizar sacando un pequeño rendimiento «ya que esos son límites legales y uno pueden recaudar 300 euros pero dar unos premios por un valor inferior», afirmando que, a diferencia de o que ocurría hasta ahora, «lógicamente entendemos que si antes habia una limitación de recaudación de 300 euros, no se puede entender que hubiera premios muy superiores, ya que nadie organiza a pérdidas».
Y recuerda que uno de los objetivos de la nueva ley «es prevenir la ludopatía y garantizar la seguridad de los asistentes a los juegos de azar», preguntándose qué pasaría «si se produce algun problema en este tipo de bingos que se organizan en locales no regulados y a los que acuden, mayoritariamente, personas mayores».
Fuente: cope.es