El Gobierno Foral prepara un decreto foral para excluir algunos juegos con premios menores de la Ley Foral del Juego. En concreto se trata de las modalidades conocidas como bingo social (los bingos en centros de mayores), la rifa social, la apuesta restringida o “porra” y el juego practicado en campeonatos o torneos.

Las grúas con premios en especie, en cambio, si están afectas, por lo que requerirán autorización de la Administración Foral

El Gobierno de Navarra recuerda que en la exposición de motivos de este decreto, que está ahora abierto a exposición pública, ya  apunta una línea divisoria entre el juego entendido como actividad por la que, directa o indirectamente, se arriesgan y transmiten cantidades de dinero, bienes o derechos en base a la predicción del resultado de procesos aleatorios y aquellos otros juegos en los que el entretenimiento prima sobre el ánimo lucrativo de los usuarios y organizadores, de modo que no resultan dañadas ni la salud ni la economía de quienes los practican.

Modalidades 
El decreto diferencia los denominadas bingo social (los bingos en centros de mayores), la rifa social, la apuesta restringida o “porra” así como el juego practicado en campeonatos o torneos.

En el caso del bingo social, La apuesta máxima por cada persona participante y en cada partida no podrá superar el importe de 1 euro y la cantidad máxima destinada a premios en cada partida será igual a la suma de las cantidades aportadas por los jugadores que participen en la misma y no podrá ser superior a 50 euros. Esta cantidad podrá distribuirse libremente entre las distintas combinaciones que tengan premios asignados. La entidad habilitada para organizar el juego podrá detraer, para fines sociales, hasta el 10% de la cantidad destinada a premios en cada partida.

Rifa social
La rifa es un juego consistente en sortear bienes o derechos en especie, no canjeables por dinero, entre aquellas personas que hayan adquirido las boletos, papeletas o instrumentos de participación por un precio cierto. Deberá estar organizada por instituciones educativas o asociaciones de estudiantes con el propósito de recaudar fondos para financiar los gastos generados por viajes colectivos de fin de curso, espectáculos o actividades recreativas u otras actividades extraordinarias desarrolladas en el entorno educativo. El precio máximo de los instrumentos de participación en la rifa será de 1 euro y el valor máximo de los bienes o derechos sorteados no podrá ser superior a 500 euros.

 Apuesta restringida o “porra”
La apuesta reducida o “porra” es una apuesta organizada por el titular de un establecimiento público y destinada a los clientes del mismo, en la que el participante, previo pago de una pequeña cantidad de dinero, pronostica el resultado de uno o más acontecimientos reales, previamente determinados, de desenlace incierto o aleatorio, para la eventual obtención de un premio.

En este caso, la apuesta sólo podrá formalizarse en modo presencial.El importe máximo de la apuesta unitaria será de 1 euro y la cantidad máxima destinada a premios en cada partida será igual a la suma de las cantidades aportadas por los jugadores que participen en la misma y no podrá ser superior a 50 euros

Campeonato o torneo
El campeonato o torneo es aquella competición o certamen en la que los participantes compiten por la obtención de un premio, en dinero o en especie, mediante la práctica de uno o varios juegos.

El precio máximo de la cuota de inscripción no podrá superar la cantidad de 10 euros. La recaudación resultante de las cuotas de inscripción revertirá en los premios que se otorguen a los participantes en el torneo y no podrá exceder de 500 euros. Además, la entidad habilitada para organizar el campeonato o torneo podrá detraer, para fines sociales, hasta el 10% de la cantidad destinada a premios.