La Corte Suprema confirmó el dictamen de la Contraloría General de la República, que modificó los requisitos para solicitar patentes municipales en establecimientos con máquinas electrónicas de juegos de habilidad y destreza, y rechazó un recurso de protección contra el ente contralor.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal descartó infracción en el dictamen, que estableció la exigencia de un informe previo de la Superintendencia de Casinos para otorgar el permiso municipal a los establecimientos con tragamonedas.

En el fallo la Suprema señala que por el momento no puede establecerse si estas máquinas son juegos de azar o de destreza y habilidad, por lo que deben ser autorizadas por la Superintendencia.

“Debe entenderse por máquina de azar, entendiendo por tal a ‘toda máquina mecánica, electrónica, electromecánica, eléctrica o que funcione con cualquier otro modo de operación, que a cambio del valor apostado en una jugada, permite la eventual ganancia de un premio y que incluye o contempla algún componente de azar -en su programa y/o en sus mecanismos de funcionamiento- que incide en los resultados obtenidos por el jugador”, detalla el dictamen de la Suprema.

“En este tipo de máquinas, la destreza aplicada por el jugador para influir en el desarrollo del juego, ya sea innata o adquirida a través del entrenamiento, no asegura para éste un cambio favorable en la posibilidad de obtener un premio, puesto que ella no es capaz de contrarrestar los efectos producidos por el azar en el resultado final del juego, aun cuando la aplicación de dicha destreza pueda servirle para obtener cierta ventaja o mayores probabilidades de ganar’, ordenando, acto seguido, que ‘tanto las máquinas de azar como los sistemas o programas que determinen la entrega de los premios a que se hace referencia en los párrafos precedentes deberán encontrarse previamente homologados por la Superintendencia’”, agrega el texto.

Fuente: fortinmapocho.cl