La Corte ordenó la inmediata libertad del abogado Joaquín Ramos Ramos, y la cancelación de la orden de aprehensión contra Virgilio Rincón Salas, quienes acusados del atentado contra el hijo del empresario Javier Rodríguez Borgio.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de México ordenó la inmediata libertad del abogado Joaquín Ramos Ramos, y la cancelación de la orden de aprehensión contra el litigante Virgilio Rincón Salas, quienes fueron acusados de estar detrás del fallido atentado contra el hijo del empresario Javier Rodríguez Borgio, dueño de la cadena de casinos Big Bola.

Por mayoría de cuatro votos, la Sala apoyó los proyectos del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien propuso conceder dos amparos lisos y llanos.

El asunto tiene que ver con una investigación federal y otra de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Querétaro.

Según declaraciones de un ex agente norteamericano que trabajaba en un despacho de seguridad privada de Miami, Florida, en Estados Unidos, aseguró que fue contratado por empresarios españoles para investigar al dueño de Big Bola, luego de que mostró interés por comprar algunos predios en la Riviera Maya.

Los españoles, declaró el investigador, supuestamente sobornaron al ex gobernador de Quintana Roo, Roberto Borge, así como a otras autoridades estatales para quedarse con 16 predios, algunos de los cuales ya había comprado el casinero, motivo por el cual presuntamente planearon hacerle daño.

En la indagatoria el investigador privado afirmó que los litigantes participaron en un fraude para favorecer a los españoles para que se quedaran con los predios.

El atentado contra Javier Rodríguez Borgio Acosta ocurrió el 3 de agosto de 2016, en el estado de Querétaro, incidente donde murió uno de sus escoltas. Posteriormente, se detuvo al sicario Francisco Javier Valverde Pereira, quien el 11 de enero de 2017 incriminó a los abogados. En sus proyectos, el ministro Ortiz Mena señala que no existieron datos previos en la investigación a cargo de la Fiscalía General de Justicia de Querétaro y mucho menos de la policía que vincularan a Joaquín Ramos ni a Rincón Salas con los sucesos del 3 de agosto de 2016.

“Antes bien, el único dato de prueba sobrevino después, con motivo de la declaración ante el ministerio público del previamente imputado (Valverde Pereira), el 11 de enero de 2017, quien incriminó al quejoso; de modo que bajo dicha incriminación aislada el ministerio público solicitó enseguida la orden de aprehensión del quejoso, la cual fue librada al día siguiente; luego, derivado de su cumplimiento, se vinculó a proceso penal al quejoso”, indica el proyecto relacionado con Ramos, argumentos que son casi similares en el proyecto que tiene que ver con Rincón Salas.

“Es importante destacar que el anterior órgano de prueba declaró como testigo (a Valverde) y no como imputado, aun cuando tenía dicha calidad dado que estaba entonces vinculado a proceso por los mismos hechos delictivos. Además, es un hecho notorio que luego fue liberado ante el sobreseimiento solicitado a su favor por la fiscalía, no obstante que había incriminado al quejoso, según dijo, porque este le encomendó la ejecución de los hechos; es decir, que no obstante la autoría material conforme a la cual la fiscalía lo condujo al proceso penal y bajo la cual sustentó luego su pretensión punitiva contra el quejoso, resultó finalmente que solicitó la liberación del primero; de este modo, es claro que la premisa para la obtención del dato de prueba en que la fiscalía sustentó su teoría del caso quedó luego desvanecida bajo su propia actuación”, detallan los proyectos. 

Fuente: milenio.com