El borrador de la ordenanza de convivencia ciudadana en el espacio público establece sanciones a mendigos, «gorrillas» y «trileros», así como por defecaciones de perros, acoso a menores y depósito de muebles y enseres – Prohíbe la venta de alcohol de las 22.00 a las 07.00 horas salvo que se consuma dentro del local.
El borrador de la ordenanza municipal de convivencia ciudadana para promocionar el civismo en el espacio público del municipio de Orihuela establece multas de hasta 750 euros en el caso de infracciones leves y de hasta 1.500 para las graves, salvo en el ámbito de las bebidas alcohólicas, que ascienden hasta 15.000 euros, y cuando se cometa desobediencia o resistencia a la autoridad, así como la negativa a identificarse o a que se realicen inspecciones en fábricas, locales, embarcaciones y aeronaves, que está penado con sanciones de hasta 30.000 euros.
Según las previsiones de la Concejalía de Seguridad Ciudadana, el texto pasará en unos días a la junta de gobierno local, y de ahí se abrirá un periodo para que los grupos municipales presenten enmiendas, buscando el máximo consenso. Luego, se elevará al pleno de diciembre.
El texto, al que ha tenido acceso este periódico, establece multas de hasta 750 euros para «la mendicidad insistente, intrusiva o agresiva», así como «la encubierta bajo prestación de pequeños servicios no solicitados», citando específicamente la limpieza de los parabrisas de los automóviles y la actividad de aparcacoches, conocidos coloquialmente como «gorrillas». Si además la mendicidad se realiza, directa o indirectamente, utilizando a menores o personas con discapacidad como reclamo o acompañantes la infracción será de entre 750 y 1.500 euros.
Tampoco está permitido, con sanciones de hasta 750 euros, dormir de día o de noche en las vías y espacios públicos o mobiliario urbano, ni utilizar los bancos y los asientos para usos distintos a los que están destinados, ni bañarse ni lavar ropa en fuentes y estanques, así como rebuscar, hurgar y extraer elementos depositados en las papeleras y recipientes instalados en la vía pública.
Queda prohibido, con multas de hasta 750 euros, hacer necesidades fisiológicas -como defecar, orinar, escupir-, la venta ambulante no autorizada, la exposición para venta de vehículos en la vía pública y actividades como tarot, videncia, masajes, tatuajes, mimo, música, etcétera.
Incitar a las apuestas
Además, el ofrecimiento de juegos que impliquen apuestas con dinero o bienes, salvo autorización específica, sobre todo a los colectivos especialmente vulnerables, como los menores, tiene la consideración de infracción leve (hasta 750 euros), mientras que el juego del «trile» es castigado con sanciones de entre 750 y 1.500 euros.
También se persigue la práctica de juegos de pelota, monopatín o similares que puedan poner en peligro la integridad física de los usuarios del espacio público, así como la de los bienes tanto públicos como privados. De esta forma, no está permitida la práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas habilitadas para ello.
Su incumplimiento será sancionado con multa de hasta 750 euros, que ascenderá a 1.500 si implica un riesgo relevante para la seguridad de las personas por la circulación temeraria con patines o monopatines por aceras y lugares destinados a peatones. Incluso, los agentes intervendrán de forma cautelar el medio con que se haya producido la conducta.
Fuente: informacion.es





