Casino de Panamá
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Un proyecto de ley para modificar el primer párrafo del artículo 61 del Decreto Ley N°2 de 10 de febrero de 1998 sobre los aportes de los juegos de azar al Estado presentó ayer el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ante la Asamblea Nacional.

Según la entidad, el proyecto de ley se presentó en cumplimiento del fallo de 9 de febrero de 2017 del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, que declaró inconstitucional el primer párrafo de la citada norma, debido a que se aprobó sin contar con el informe previo de la Contraloría, para ‘garantizar las rentas sustitutivas de los ingresos que se dejarían de percibir a causa de los cambios introducidos y sobre la efectividad fiscal de tales rentas sustitutivas’.

Explicó que el proyecto de ley propuesto mantiene los aportes que debe recibir el Estado (a través de la Junta de Control de Juegos -JCJ-) establecidos en el artículo 61, de la Ley 28 de 8 de mayo de 2012.

Dicho artículo indica que los administradores-operadores de salas de máquinas tragamonedas tipo ‘A’, de los casinos completos, así como de la sala de máquinas tragamonedas del Hipódromo Presidente Remón, pagarán a la JCJ el 18% de los ingresos brutos de las máquinas tragamonedas tipo ‘A’, y los casinos completos pagarán el 12% de los ingresos brutos de las mesas de juego en forma mensual.

De acuerdo con el MEF, la Corte difirió los efectos del citado fallo hasta un año después de publicado en Gaceta Oficial.

La entidad recomienda mantener las participaciones que recibe el Estado de los administradores/operadores, ya que de haber alguna variación podría tener un impacto negativo en los ingresos proyectados para el año fiscal 2019 y en la industria.

La Ley 67 de 13 de diciembre de 2018 ‘por la cual se dicta el Presupuesto General del Estado para la Vigencia Fiscal 2019′, contempla los ingresos en base a los porcentajes de las participaciones establecidos en el artículo 61 del decreto ley 2 de 10 de febrero de 1998, según fue modificado por el artículo 11 de la Ley 28 de 8 de mayo de 2012.

Fuente: laestrella.com.pa