El Ejecutivo provincial comandado por María Eugenia Vidal, reglamentó importantes cambios en dos leyes electorales. Según se detalló en el Boletín Oficial, el primero de ellos tiene que ver con la prohibición de reelección para un tercer mandato consecutivo.
“Abarca a quienes habiendo sido reelectos en el mismo cargo para un segundo mandato consecutivo, hayan asumido sus funciones y ejercido por más de dos años, continuos o alternados”, se indicó.
En este sentido, se explicó que “el reemplazo de uno o varios titulares en sus cargos, que ejercidos por concejales suplentes, consejeros escolares suplentes, diputados provinciales suplentes y senadores provinciales suplentes, efectuado por más de dos años continuos o alternados, se computará como cargo ejercido a los efectos de la prohibición de reelección para un tercer mandato consecutivo” y “se procederá a sumar los tiempos aún en el supuesto de reemplazar a distintos titulares”.
El otro cambio tiene que ver con la reglamentación de un “gris” en la ley de paridad de género relacionado a la fusión de listas en aquellos frentes electorales que hayan participado de internas. En torno a esto, se dejó en claro que “en las elecciones generales, las listas de candidatos/as de una misma agrupación política que deban ser integradas entre dos o más listas que hayan participado en las Elecciones Primarias, Abiertas, Obligatorias y Simultáneas, según la asignación de cargos establecida conforme en el artículo 14° de la Ley N° 14.086, deberán alternar un candidato de cada género de manera tal de respetar en la totalidad de la lista definitiva de candidatos una equivalencia del cincuenta por ciento (50%) de género femenino y otro cincuenta por ciento (50%) de género masculino. En el caso de listas cuyo número de candidatos sea impar, la diferencia entre hombres y mujeres no podrá ser superior a uno”.
Fuente: grupolaprovincia.com





