Corrección de errores al Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicado en el BOC número 150, de 6 de agosto de 2015.
Apreciado error en la redacción de los artículos 7.2, 41.4 y 42.4 del Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, aprobado por Decreto 78/2015, de 30 de julio, se procede a su corrección en el sentido que sigue:
En el artículo 7.2,
Donde dice:
«2. Son empresas explotadoras todas aquellas personas jurídicas que, debidamente autorizadas conforme al presente Reglamento, tengan por objeto la explotación de las apuestas en Cantabria».
Debe decir:
«2. Son empresas explotadoras todas aquellas personas físicas o jurídicas que, debidamente autorizadas conforme al presente Reglamento, tengan por objeto la explotación de las apuestas en Cantabria«.
En el artículo 41.4,
Donde dice:
«4. La autorización se extinguirá o se revocará conforme a lo establecido en el artículo 44«.
Debe decir:
«4. La autorización, que tendrá una duración de diez años, renovable por periodos sucesivos de igual duración, se extinguirá o se revocará conforme a lo establecido en el artículo 44«.
En el artículo 42.4,
Donde dice:
«4. La autorización, que tendrá una duración de diez años, renovable por periodos sucesivos de igual duración, se extinguirá o se revocará conforme a lo establecido en el artículo 44«.
Debe decir:
«4. La autorización se extinguirá o se revocará conforme a lo establecido en el artículo 44«.
Santander, 7 de septiembre de 2015.
La secretaria general, Noelia García Martínez.
Fuente; BOC nº 179, 17 de septiembre de 2015
Ver el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria
(BOC número 150, de 6 de agosto de 2015)





