La Superintendencia de Casinos de Juego dictó la resolución exenta a través de la cual se otorgó el permiso para operar un casino de juego en la comuna de Chillán, a la sociedad Marina del Sol Chillán.
De esta forma se da cumplimiento a la decisión que en forma unánime tomó el Consejo Resolutivo el 22 de agosto pasado.
En el documento se explicitan los fundamentos sobre los cuales el órgano colegiado adoptó la decisión, luego de concluida la revisión de las solicitudes presentadas y de la propuesta de la Superintendencia en base a la evaluación de los criterios y factores establecidos en la Ley N° 19.995.
El principal aspecto que se tuvo en consideración fue que el proyecto, en su integridad, presenta mejores condiciones de desarrollo para la comuna.
Esta propuesta de casino obtuvo un total de 1.816,24 puntos en la evaluación técnica, y contó con el informe favorable de los organismos externos que participan en el proceso. Además, se consideró que la infraestructura y servicios propuestos generarán un impacto positivo en la zona de emplazamiento en términos de creación de nuevas fuentes y plazas de trabajo, contribuyendo al desarrollo económico de la Región del Biobío.
Asimismo, el Consejo Resolutivo se pronunció favorablemente respecto de la solicitud de Marina del Sol S.A., teniendo en cuenta que los elementos de la evaluación que fueron cuestionados, y que forman parte de la propuesta de la Superintendencia, fueron ratificados por la Corte Suprema.
La resolución que otorga el permiso de operación contiene información relevante del proyecto autorizado, entre otros: el nombre del casino de juego y su razón social; la ubicación y domicilio donde deberá funcionar; el detalle de las obras e instalaciones que comprende el proyecto integral autorizado; así como el programa de ejecución de éste, el que será de 24 meses para el casino de juego y de 36 meses para las demás obras e instalaciones, contado desde la fecha de publicación del extracto de la resolución exenta en el Diario Oficial.
También, informa el plazo legal de vigencia del permiso de operación, de 15 años a partir del inicio de operaciones; las licencias de explotación de juegos de azar para cada categoría de juegos, las que tienen el carácter de intransferibles e inembargables y pueden ser usadas exclusivamente por la sociedad operadora en los términos contemplados en el Catálogo de Juegos; los servicios anexos, el número de mesas, máquinas de azar y posiciones de bingo autorizados; el monto de capital social pagado y el plazo con que cuenta para enterar el saldo.
En consecuencia, el Consejo Resolutivo se pronunció desfavorablemente respecto de la propuesta de Chillán Casino Resort, proyecto que tuvo un puntaje de 1.568,82, en la evaluación técnica.
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Fuente: entornointeligente.com