Boletín Oficial de Cantabria
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Decreto 78/2015, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Las apuestas constituyen una modalidad de juego que en los últimos años está teniendo una fuerte aceptación social en otros países de nuestro entorno, y ya ha sido instaurada en algunas Comunidades Autónomas.

La evolución y la diversidad de las actividades del ocio en nuestra sociedad constituyen un área económica de mucha trascendencia que hace necesaria la intervención de la Administración para que su regulación y desarrollo sea acorde con su dimensión económica y social, por ello, asumiendo las peticiones de los distintos sectores de juego es ahora cuando se procede asu desarrollo normativo en Cantabria.

La Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego, aprobada en el ejercicio de las competencias exclusivas atribuidas a la Comunidad Autónoma por el artículo 24.25 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, abre un camino largo en cuanto a desarrollo normativo se refiere y con este proyecto se pretende continuar con dicho proceso, contribuyendo de estamanera a la activación de la economía del sector del juego en general y de la Comunidad Autónoma en particular.

El artículo 16 de la Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego, define a las
apuestas como la actividad por la que se arriesga una cantidad de dinero sobre el resultado de un acontecimiento determinado, de desenlace incierto y ajeno a las partes intervinientes,y tras la modificación de dicha ley a través de la Ley 10/2013, de 27 de diciembre, de medidas Fiscales y Administrativas, las apuestas debidamente autorizadas podrán cruzarse en el interior de los locales y recintos destinados a la celebración de determinadas competiciones,en los casinos de juego, en las salas de bingo, en los salones de juego y demás locales que reglamentariamente se determinen.

El Reglamento que aprueba el presente Decreto, viene a regular el juego de las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria y así completar el desarrollo normativo de las actividades de juego fijadas en la Ley. Con este reglamento se pretende regular con una finalidadintegradora las diversas variedades de las mismas, se va a permitir apostar sobre una gran cantidad de acontecimientos y eventos, pero también se prohíben expresamente otros que atenten contra derechos fundamentales o que tengan carácter político o religioso, con la estructura que a continuación se detalla:

  • El Título Preliminar está formado por seis artículos con las disposiciones generales, referen tes al objeto, ámbito y régimen de aplicación, régimen jurídico, competencias, definiciones y tipos de apuestas, y las prohibiciones.
  • El Título I lo componen cinco artículos, y se refiere a las definiciones de las empresas, los requisitos de las mismas, las fianzas y el procedimiento de inscripción.
  • El Título II, formado por siete artículos, regula el material para la práctica de las apuestas y su régimen de homologación e inscripción en el Registro de Juego, incluyendo los requisitos generales de los sistemas técnicos, de la unidad central de apuestas, de las máquinas de apuestas, así como la cancelación de la inscripción.
  • El Título III lo constituyen nueve artículos que establecen el régimen de organización y explotación de las apuestas, la documentación necesaria para la obtención de la autorización, su resolución, vigencia, renovación, modificación, transmisión, extinción y revocación, así como, el sistema de información y comunicaciones exigidas.
  • El Título IV lo forman doce artículos dirigidos a regular la formalización de las apuestas, requisitos de los boletos, el límite cuantitativo de las apuestas, así como su publicidad, la validez de los resultados, la definición de apuestas acertadas, el reparto de premios y la caducidad delderecho al cobro de los mismos.
  • El Título V, formado por trece artículos regula los locales, las zonas de apuestas y el personal, así como la instalación de las máquinas auxiliares.
  • El Título VI regula lo referente a la inspección de las apuestas y el régimen sancionador y está formado por dos artículos.
  • Mención especial procede realizar a la regulación como apuestas de carácter tradicional a las que se vienen realizando anualmente en el Palacio de la Magdalena sobre el Concurso de saltos hípicos, estableciendo un régimen para las mismas, siempre y cuando se sigan desarrollando con el mismo carácter.
  • Finalmente la incorporación de este juego en el sector, ha implicado la modificación de otrosdecretos ya existentes como el Decreto 122/1999, de 11 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento del Juego del Bingo, el Decreto 23/2008, de 6 de marzo, por el que se que aprobó el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar y el Decreto 6/2010, de 4 de febrero, por elque se aprobó el catálogo de juegos y apuestas.

Este Decreto ha sido sometido al procedimiento de información en materia de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a los servicios de la sociedad de la información, previsto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 dejunio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de normasy reglamentaciones técnicas, modificada por la Directiva 98/48/CE, de 20 de julio de 1998,así como en el Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, por el que se regula la remisión deinformación en materia de normas y reglamentaciones técnicas y reglamentos relativos a losservicios de la sociedad de la información, que incorpora estas directivas al ordenamiento jurídico español.

En virtud de lo expuesto, visto el informe emitido por la Dirección General del Servicio Jurídico, oída la Comisión de Juego, de acuerdo con el Consejo de Estado y de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 33 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a propuesta de la Consejera de Presidencia y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de julio de 2015,

DISPONGO
Artículo único. Aprobación del Reglamento de Apuestas de la Comunidad de Cantabria.
Se aprueba el Reglamento por el que se regulan las apuestas en la Comunidad Autónoma de Cantabria cuyo texto se inserta a continuación.

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Fuente: BOC número 150, de 6 de agosto de 2015

Ver el Decreto 78/2015 completo