Decreto 169/2015, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas del Principado de Asturias.

PREÁMBULO

El Principado de Asturias, de conformidad con el artículo 10.1.26 de su Estatuto de Autonomía, tiene competencia exclusiva en materia de casinos, juegos y apuestas con exclusión de las apuestas mutuas deportivo – benéficas. En el ejercicio de esta competencia se aprobó la Ley del Principado de Asturias 6/2014, de 13 de junio, de Juego y Apuestas, que constituye el marco jurídico de ordenación de estas actividades.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.e) de la citada ley, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación de los reglamentos específicos de los juegos y apuestas incluidos en el Catálogo de juegos y apuestas del Principado de Asturias, instrumento básico de ordenación de estas actividades.

El presente decreto por el que se aprueba el reglamento de apuestas, viene a regular una realidad económica y social, la de las apuestas, que cuenta con una gran aceptación, permitiendo que las empresas del sector puedan diversificar y actualizar su oferta de juego, así como dotar a la administración de instrumentos eficaces de ordenación de esta actividad, de lucha contra el fraude en la materia, y garantizando en todo caso la protección a colectivos vulnerables, especialmente, de menores, incapacitados y personas con ludopatía integrando el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación.

Con este decreto se viene a atender al vacío normativo que existe en nuestra Comunidad Autónoma, regulando las distintas modalidades de apuestas, los locales, establecimientos e instalaciones en que pueden realizarse, los elementos imprescindibles para su realización, su régimen de organización y explotación, incorporando medidas que garanticen su seguridad y transparencia en su desarrollo así como los derechos de los participantes.

Asimismo se modifica el Decreto 41/2011, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Catálogo de juegos y apuestas del Principado de Asturias, adaptando sus previsiones a las diversas denominaciones y modalidades de apuestas, así como los elementos personales y materiales que se requieren para su práctica.

La presente disposición ha sido sometida al procedimiento de información de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a la sociedad de la información, regulado por Real Decreto 1337/1999, de 31 de julio, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 98/34/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio, modificada por la Directiva 98/48/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de julio.

En su virtud, a propuesta del titular de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, de acuerdo con el Consejo Consultivo del Principado de Asturias y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 14 de octubre de 2015,

DISPONGO

Artículo único. Aprobación del Reglamento.
Se aprueba el Reglamento de Apuestas del Principado de Asturias cuyo texto se incluye a continuación……….

[—————————————————]

Ver el Decreto completo

Fuente: BOPA nº  , del 26 de octubre 2015