Hotel Casino Carrasco
Hotel Casino Carrasco, Montevideo, uno de los casinos de Uruguay

Desde este 1° de enero están vigentes una serie de modificaciones impositivas aprobadas en la última Rendición de Cuentas de Uruguay.

Una es el impuesto específico que grava las apuestas realizadas a través de máquinas electrónicas de juegos de azar y de apuestas automáticas instaladas en casinos o salas de entretenimientos autorizados por ley.

La tasa del impuesto será de 0,75% del monto de la apuesta, es decir la suma original arriesgada por el apostador. No se consideran las ganancias sucesivas que se generen a lo largo del ciclo del juego.

IRPF

Por otro lado, los premios obtenidos en los juegos de azar y carreras de caballos tributarán Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Están exonerados los premios cuyo importe no supere las 100.000 UI ($ 372.670 a valores actuales) o cuando sea inferior a 71 veces el monto de la apuesta realizada.

El monto imponible estará constituido por la diferencia entre el premio generado y la apuesta realizada, sobre el que se aplicará una alícuota de 12%. La retención se realizará al momento que se genere el premio.