Fachada del Casino Teatro Balear
Fachada del Casino Teatro Balear

Se empiezan a torcer los renglones en el caso casino para los intereses del Ayuntamiento de Palma, que denegó la licencia para su instalación por, en teoría, incumplir la ordenanza de usos del centro histórico.

Un informe pericial independiente, encargado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma, pone en entredicho los argumentos que llevaron a la Concejalía de Urbanismo a vetar su apertura en la plaza Comtat de Rosselló número 4 en lo que fue la sede del hoy cerrado Bingo Balear.

En contra del parecer municipal, no hay ni colindancia de viviendas «porque no hay ningún inmueble declarado con ese uso», «ni el proyecto integrado de reforma para la adaptación de bingo a las exigencias de la autorización de casino amplía la superficie a ocupar con respecto a la que venía utilizando con respecto a la anterior licencia».

Las dos claves por las que Cort denegó la licencia otorgada por el Govern la pasada legislatura para la instalación de este negocio en las inmediaciones de la plaza del Olivar son, por tanto, rechazadas por el informe de este arquitecto independiente. En relación a la colindancia de viviendas que Cort adujo en su día para denegarle los permisos pertinentes, el informe pericial deja claro que «existen discrepancias entre el plano catastral y la realidad en lo que hace referencia al perímetro del conjunto». Y precisa: «El establecimiento recogido en el proyecto concuerda con la realidad, no así el catastro».

Como ejemplo expone que «es muy destacable la discrepancia en la zona de la esquina entre la avenida Alexandre Rosselló y la de Enric Alzamora» porque hay una zona de aproximadamente 135 metros cuadrados en planta que en el catastro indica que corresponde al Bingo Balear, cuando en realidad corresponde a la zona de almacén de la tienda Sfera con acceso desde Alexandre Rosselló». De hecho, en el informe se apunta que en el documento redactado por el Ayuntamiento de Palma en el que se indican las deficiencias por colindancias de viviendas «aparentemente se ha realizado únicamente en base a los datos catastrales por lo que parte de un punto de partida parcialmente erróneo».

Y eso, por dos motivos, puntualiza: «Los usos reales no coinciden con los catastrales y el plano catastral no coincide totalmente con el plano del proyecto y la realidad». Es por ello que el perito remarca que «ha estudiado la totalidad de los inmuebles y sus usos reales» y que, para el entender de este técnico, «prevalece la realidad sobre los datos que pueda tener el catastro ya que es probable que no hayan sido actualizados por los propietarios de los inmuebles». De ahí, que este experto haya tenido que hacer «una inspección física y visual a los edificios y se ha tenido acceso al interior de suficientes inmuebles y zonas comunes».

Tras la misma y después de visitar cada uno de los inmuebles de la totalidad de la manzana, la conclusión es tajante: «No se han encontrado viviendas que linden con el Bingo Balear». Una realidad «muy contraria» a la que se recoge en el catastro. Y pone como ejemplo el de las oficinas de STOP «que ocupan el inmueble situado en la plaza Comtat de Rosselló 4,2ª desde sus inicios en 1964, pero que el catastro indica que el uso es de vivienda». Hablando con los propietarios «en muchos de ellos se desarrollan actividades como oficina desde hace más de 40 años a pesar de lo que pueda decir el catastro».

Sobre si el proyecto amplía las superficies a ocupar respecto a lo que venía utilizando el Bingo Balear, su veredicto es concluyente: «No se amplía con respecto a la que venía utilizando con respecto a la anterior licencia. La superficie útil en la licencia anterior era de 2.946 metros cuadrados y es incluso superior a la solicitada en el proyecto, 2.808». Para la redacción del dictamen, especifica que «se han realizado dos visitas al Bingo Balear con una inspección ocular del interior y tenido acceso a la documentación relativa al Bingo Balear de los archivos municipales».

Fuente: elmundo.es